Este es el contrato que firmaban las maestras en 1923
Este es un acuerdo entre la señorita.................. maestra, y el Consejo de Educación y la Escuela........................... por la cual la señorita ........................................... acuerda impartir clases por un período de ocho meses a partir del ................... de 1923.
La señorita acuerda:
1º - No casarse. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si la maestra se casa.
2º - No andar en compañía de hombres.
3º - Estar en su casa entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana, a menos que sea para atender una función escolar.
4º - No pasearse por las heladerías del centro de la ciudad.
5º - No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin el permiso del presidente del Consejo de Delegados.
6º - No fumar cigarrillos. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra fumando.
7º - No beber cerveza, vino ni whisky. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra bebiendo.
8º - No viajar en ningún coche o automóvil con ningún hombre, excepto su hermano y su padre.
9º - No vestir ropas de colores brillantes.
10º - No teñirse el pelo.
11º - Usar al menos dos enaguas.
12º - No usar vestidos que queden a más de cinco centímetros por encima de los tobillos.
13º - Mantener limpia el aula:
a) Barrer el suelo del aula al menos una vez al día.
b) Fregar el suelo del aula al menos una vez por semana con agua caliente y jabón.
c) Encender el fuego a las siete, de modo que la habitación esté caliente a las ocho cuando lleguen los niños.
d) Limpiar la pizarra una vez al día.
14º - No usar polvos faciales, no maquillarse ni pintarse los labios.
(Fuente: Extraído de "La Revista del Consejo Nacional de la Mujer", Año 4, Número 12, Marzo de 1999, Buenos Aires)
jueves, 28 de octubre de 2010
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